El ex director general de la empresa petrolera de Guinea Ecuatorial (Gepetrol), Cándido Nsué Okomo, ha presentado un dictamen jurídico ante la Audiencia Nacional para tratar de demostrar que los pagos por los que está siendo investigado en el caso Villarejo no constituyen comisiones ilegales. En este documento, firmado por la abogada guineana Talita Diana Esono Mangue, se argumenta que en el momento de los hechos no existía en la legislación penal de Guinea Ecuatorial un tipo penal equivalente al de corrupción en los negocios internacionales del Código Penal español.
Según el dictamen presentado, los pagos recibidos por Nsué Okomo, que se califican como comisiones ilegales por la Fiscalía Anticorrupción, en realidad estarían amparados por la legislación del país africano. De hecho, el Gobierno de Malabo aprobó en 2018 un decreto que establece la obligación de las empresas extranjeras que operan en el país de concertar acuerdos de participación de beneficios con los nacionales, lo que incluiría el pago de un porcentaje sobre los beneficios netos obtenidos.
Para la defensa de Nsué Okomo, estos pagos no serían considerados ilícitos bajo la legislación guineana y, por lo tanto, no podrían ser juzgados como comisiones ilegales en España. La abogada Talita Diana Esono Mangue afirma que la normativa vigente en Guinea Ecuatorial permite cobrar primas a las personas físicas ecuatoguineanas que consigan inversiones de empresas extranjeras en el país, como una forma de incentivar la participación de los ciudadanos en la economía nacional.
La presentación de este dictamen jurídico busca dar un giro a la situación legal de Nsué Okomo en el marco de la investigación del caso Villarejo, tratando de demostrar que los pagos recibidos no constituyen un delito bajo la legislación de Guinea Ecuatorial. La jueza María Tardón, que está llevando el caso tras la jubilación de Manuel García Castellón, deberá valorar este nuevo argumento presentado por la defensa del ex director de Gepetrol.
La presentación de este dictamen jurídico por parte de Cándido Nsué Okomo ante la Audiencia Nacional refleja la complejidad legal que rodea a casos de corrupción internacional como el caso Villarejo. Si bien es cierto que la legislación guineana puede amparar ciertos pagos considerados ilegales en otros países, esto no exime de responsabilidad a aquellos que hayan participado en actos de corrupción, ya que la legislación internacional también debe ser tenida en cuenta en estos casos.
Es preocupante que se puedan buscar lagunas legales en jurisdicciones extranjeras para justificar actos corruptos que van en contra del principio de transparencia y legalidad en las relaciones comerciales internacionales. La valoración de la jueza María Tardón será clave en determinar si estos pagos constituyen efectivamente un delito bajo la legislación española, más allá de las normativas locales de Guinea Ecuatorial. La lucha contra la corrupción debe ser un compromiso global que no puede permitir vacíos legales para justificar comportamientos éticamente cuestionables.
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