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El tiempo de una avería en teletrabajo: ¿tiempo perdido o tiempo productivo?

Según la normativa europea, se considera tiempo de trabajo cualquier periodo en el que el trabajador esté en el lugar de trabajo, listo para realizar sus labores bajo la dirección del empleador. Esto se aplica de acuerdo con las leyes y costumbres locales en cada país.

El Tribunal Supremo ha tomado una decisión revolucionaria en relación con el trabajo a distancia, estableciendo que el tiempo en el que un trabajador no pueda prestar servicios debido a averías o incidencias debe ser considerado como tiempo de trabajo efectivo. Esta resolución, que afecta directamente a miles de trabajadores en toda España, ha sido recibida con gran satisfacción por parte de los sindicatos, que llevaban tiempo luchando por este reconocimiento.

La demanda de conflicto colectivo, iniciada por el sindicato CGT y posteriormente respaldada por CCOO y CIG, había puesto sobre la mesa diversos puntos de debate, entre los que destacaba la necesidad de detallar los gastos derivados del trabajo a distancia. Además, se pedía que el tiempo de interrupción de la jornada por averías o incidencias no fuera imputable al trabajador, evitando así que se le descontara de su jornada laboral.

La resolución del Tribunal Supremo, que respalda la sentencia emitida por la Audiencia Nacional, se fundamenta en la directiva europea aplicable y en la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Según esta normativa, se entiende por tiempo de trabajo cualquier período en el que el trabajador esté disponible para el empleador y en ejercicio de sus funciones, ya sea de forma presencial o a distancia. Esta decisión supone un avance importante en la protección de los derechos de los trabajadores que desempeñan sus labores de manera remota.

El tiempo que dura una avería durante el teletrabajo es tiempo de trabajo efectivo

La decisión del Tribunal Supremo en relación con el trabajo a distancia es, sin lugar a dudas, un avance significativo en la protección de los derechos laborales de los trabajadores que realizan sus labores de manera remota. Esta resolución reconoce que el tiempo en el que un trabajador no pueda prestar servicios debido a averías o incidencias debe ser considerado como tiempo de trabajo efectivo, evitando así que se le desconte de su jornada laboral. Es una señal positiva de que se está avanzando hacia una mayor garantía de los derechos laborales en un contexto en el que cada vez más personas realizan su trabajo desde casa.

La decisión, respaldada por los sindicatos, es un claro mensaje de que es necesario adaptar la normativa laboral a las nuevas formas de trabajo que han surgido con la digitalización y la tecnología. Sin embargo, también pone de manifiesto la importancia de seguir debatiendo y detallando aspectos fundamentales del trabajo a distancia, como los gastos asociados a esta modalidad laboral. Es un paso importante, pero queda mucho por hacer para garantizar que los trabajadores en modalidad remota cuenten con todas las garantías y derechos necesarios.

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